www.paraprofesionales.com

[ACTUALIDAD DIARIA]

Revista electrónica para profesionales del Derecho

ACTUALIDAD DIARIA paraprofesionales.com Revista de Derecho, Jurisprudencia y Legislacion
Resumen

[J]

El reconocimiento de la ilegalidad puede constituir una forma de reparación del perjuicio moral sufrido. Una persona que ha sido objeto de una medida de congelación de fondos conserva un interés en que sea anulada por la justicia europea, incluso si ésta fue derogada durante la tramitación del recurso

(publicado en Actualidad Diaria 2413 el 30 de mayo de 2013)

texto publicado volver

El 21 de octubre de 2008, el nombre del Sr. A. se incluyó en la lista elaborada por el Comité de Sanciones  del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Afganistán de 1999, por haber participado en actividades de recaudación de fondos en nombre del Grupo Libio de Lucha Islámica (Libyan Islamic Fighting Group, «LIFG») y haber ocupado puestos de responsabilidad en dicho grupo. Por consiguiente, se incluyó al Sr. A. en la lista elaborada con arreglo al Reglamento de la Unión Europea  adoptado en relación con personas y entidades cuyos fondos deben ser congelados, en virtud del Reglamento por el que se adoptan determinadas medidas restrictivas contra personas asociadas con Usamah bin Ladin  (en lo sucesivo, «lista controvertida»).
En 2009, el Sr. A. interpuso un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea con el fin de obtener la anulación de la norma europea que le afectaba. Alegó que ni el Consejo ni la Comisión habían explicado las razones de su inclusión en la lista controvertida, que no se le había informado de los hechos que se le imputaban y que no se le había oído a este respecto. Sostuvo que la medida de congelación de los fondos vulneraba su derecho de propiedad y su derecho a la vida privada y era desproporcionada. Por último, sostuvo que nunca había estado asociado a Usamah bin Ladin ni a la red Al-Qaida o a los talibanes.
Durante la tramitación del proceso ante el Tribunal General, el nombre del Sr. A. fue eliminado en primer lugar de la lista del Comité de Sanciones, y posteriormente suprimido, en virtud de un Reglamento,  de la lista controvertida. El Tribunal General consideró que el recurso de anulación de su inscripción en la lista había quedado sin objeto, y dictó auto de sobreseimiento de dicho recurso,  a pesar de la oposición del Sr. A..
En apoyo de su recurso de casación ante el Tribunal de Justicia contra dicho auto, el Sr. A. alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que había desaparecido el interés en ejercitar la acción, ya que la anulación del Reglamento por el que se le había incluido en la lista controvertida no podía procurarle ningún beneficio.
En particular, invoca su interés manifiesto en que se dicte un pronunciamiento judicial para anular el acto que le designa como persona asociada con una organización terrorista. Concretamente, su recurso de anulación ante el Tribunal General tenía por objeto que se pusiera fin a la vulneración continua de su vida privada y su vida familiar, se rehabilitara su reputación, se suprimieran los obstáculos a la contratación y al desplazamiento, así como las consecuencias de su inclusión en la lista controvertida para él mismo y para su familia.
En su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia recuerda en primer lugar su jurisprudencia según la cual el interés en ejercitar la acción de un demandante no desaparece necesariamente por el hecho de que el acto impugnado haya cesado de producir efectos durante la tramitación. Por el contrario, la persona afectada por dicho acto conserva un interés en que sea anulado, bien para conseguir que se le restituya a la situación en que se encontraba anteriormente, bien para hacer que el autor del acto recurrido aporte, en el futuro, las modificaciones adecuadas y evite así el riesgo de que se repita la ilegalidad, bien, por último, para presentar un eventual recurso de responsabilidad.
Seguidamente, el Tribunal de Justicia confirma la distinción establecida por el Tribunal General entre la derogación de un acto (que no implica el reconocimiento retroactivo de su ilegalidad) y una sentencia de anulación (en virtud de la cual el acto anulado se elimina del ordenamiento jurídico con carácter retroactivo y se considera que nunca ha existido). A este respecto, el Tribunal de Justicia declara que el Tribunal General concluyó equivocadamente que esa distinción no podía justificar un interés del Sr. A. en obtener la anulación del Reglamento que le afecta.
En efecto, el Tribunal de Justicia señala que las medidas restrictivas tienen efecto negativo sobre los derechos y libertades de las personas a las que se refieren: la congelación de fondos tiene una amplia repercusión en la vida profesional y familiar y constituye un obstáculo a su libertad para celebrar actos jurídicos. Además, dichas medidas llevan consigo el oprobio y la desconfianza social.
De lo antedicho el Tribunal de Justicia concluye que, a pesar de la supresión de su nombre de la lista, persiste el interés del Sr. A. en que el juez de la Unión reconozca que nunca debería haber sido incluido en esa lista.
Habida cuenta del alcance del menoscabo a su reputación, el Sr. A. tiene interés en ejercitar la acción para solicitar la anulación del Reglamento nº 1330/2008 en la medida en que le afecta y obtener, en el caso de que se estime su recurso, su rehabilitación y, por tanto, una cierta reparación de su perjuicio moral.
Por consiguiente, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al declarar que el recurrente ya no tenía interés en ejercitar la acción.
En la medida en que el Tribuna General no examinó el fondo del asunto, el Tribunal de Justicia considera que el estado del litigio no le permite resolverlo y devuelve el asunto al Tribunal General.


NOTA: Contra las sentencias y autos del Tribunal General puede interponerse un recurso de casación, limitado a las cuestiones de Derecho, ante el Tribunal de Justicia. En principio, el recurso de casación no tiene efecto suspensivo. Cuando el recurso de casación sea admisible y fundado, el Tribunal de Justicia anulará la resolución del Tribunal General. En el caso de que el asunto esté listo para ser juzgado, el Tribunal de Justicia podrá resolver él mismo definitivamente el litigio. En caso contrario, el Tribunal de Justicia devolverá el asunto al Tribunal General, que estará vinculado por la resolución adoptada en casación por el Tribunal de Justicia.

Comité establecido por la resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 15 octubre de 1999, sobre la situación en Afganistán.

Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al‑Qaida y los talibanes (DO L 139, p. 9).

Reglamento (CE) nº 1330/2008 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2008 (DO L 345, p. 60).

Reglamento (UE) nº 36/2011 de la Comisión, de 18 de enero de 2011, por el que se modifica por centésimo cuadragesimotercera vez el Reglamento nº 881/2002 (DO L 14, p. 11).

Auto del Tribunal General, de 28 de febrero de 2012 (T-127/09). Según el artículo 113 de su Reglamento de Procedimiento, el Tribunal General puede resolver mediante auto las causas de inadmisión de la demanda por motivos de orden público o declarar la pérdida sobrevenida del objeto y, por lo tanto, el sobreseimiento del procedimiento.

texto publicado volver


Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraprofesionales.com es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.

PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo: Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n (MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos.
Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

ACTUALIDAD DIARIA

ACTUALIDAD DIARIA

Incluye suscripción, Revista electrónica para profesionales del Derecho (Diario)

Y, además, disfrutará de nuestras siete ventajas como suscriptor

Precio: 157,79€ Oferta: 142,01€ (iva incl.)

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento IRPF 2024

Memento IRPF 2024

1400 páginas, edición anual, abril 2024, Incluye suscripción, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.

Precio: 164,32€ Oferta: 156,10€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Todo Renta  2024 - Guia declaración 2023

Todo Renta 2024 - Guia declaración 2023

1800 páginas, edición anual, marzo 2024, Guía de la declaración 2023

Precio: 242,32€ Oferta: 230,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Fiscal 2024 (s)

Memento Fiscal 2024 (s)

2300 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos. ¡El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa.

Precio: 203,84€ Oferta: 193,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Social 2024 (s)

Memento Social 2024 (s)

2200 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos

Precio: 193,44€ Oferta: 183,77€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

1400 páginas, edición bienal, enero 2024, Asegure el éxito de sus procedimientos Tributarios con la última información

Precio: 156,00€ Oferta: 148,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Empleado Público 2024-2025

Memento Empleado Público 2024-2025

1000 páginas, edición anual, diciembre 2023,

Precio: 101,92€ Oferta: 96,82€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

1100 páginas, edición bienal, diciembre 2023,

Precio: 145,60€ Oferta: 138,32€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

1750 páginas, edición bienal, diciembre 2023, La información que necesita para evitar sanciones , sin rodeos. Referencias a la normativa, jurisprudencia y doctrina de aplicación en cada caso.

Precio: 116,48€ Oferta: 110,66€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

edición anual, diciembre 2023,

Precio: 239,20€ Oferta: 227,24€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

824 páginas, 2ª edición, noviembre 2023,

Precio: 83,10€ Oferta: 78,95€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750