Resumen | |
[J] | El reconocimiento de la ilegalidad puede constituir una forma de reparación del perjuicio moral sufrido. Una persona que ha sido objeto de una medida de congelación de fondos conserva un interés en que sea anulada por la justicia europea, incluso si ésta fue derogada durante la tramitación del recurso(publicado en Actualidad Diaria 2413 el 30 de mayo de 2013) |
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El 21 de octubre de 2008, el nombre del Sr. A. se incluyó en la lista elaborada por el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Afganistán de 1999, por haber participado en actividades de recaudación de fondos en nombre del Grupo Libio de Lucha Islámica (Libyan Islamic Fighting Group, «LIFG») y haber ocupado puestos de responsabilidad en dicho grupo. Por consiguiente, se incluyó al Sr. A. en la lista elaborada con arreglo al Reglamento de la Unión Europea adoptado en relación con personas y entidades cuyos fondos deben ser congelados, en virtud del Reglamento por el que se adoptan determinadas medidas restrictivas contra personas asociadas con Usamah bin Ladin (en lo sucesivo, «lista controvertida»). Comité establecido por la resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 15 octubre de 1999, sobre la situación en Afganistán. Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al‑Qaida y los talibanes (DO L 139, p. 9). Reglamento (UE) nº 36/2011 de la Comisión, de 18 de enero de 2011, por el que se modifica por centésimo cuadragesimotercera vez el Reglamento nº 881/2002 (DO L 14, p. 11). Auto del Tribunal General, de 28 de febrero de 2012 (T-127/09). Según el artículo 113 de su Reglamento de Procedimiento, el Tribunal General puede resolver mediante auto las causas de inadmisión de la demanda por motivos de orden público o declarar la pérdida sobrevenida del objeto y, por lo tanto, el sobreseimiento del procedimiento. | |
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